martes, 2 de agosto de 2011

Corte constitucional tumbó censo electoral de la reforma política

Ciudad educadora.

Por Rafael Sánchez Anillo.

Corte constitucional tumbó censo electoral de la reforma política.

En la madrugada del jueves pasado, la Corte Constitucional tumbó 18 de los 55 artículos de la Ley Estatutaria de la Reforma Política, aprobada por el Congreso de la República, por no ajustarse a la constitución política. Se destacan 37 artículos de cumplimiento constitucional que se fundaron en base en los preceptos constitucionales. Entre los artículos que se tenía expectativas, referente al con la composición del censo electoral, la corte lo declaro inexequible, pues tal y como estaba redactada la norma solo podrían votar en octubre próximo aquellos que participaron en las últimas elecciones legislativas o presidenciales, además de aquellos que se les expidió su cédula por primera vez y no tienen impedimento legal para sufragar. Así las cosas, sigue vigente el censo actual, cercano a los 30,7 millones de votantes; no obstante, recordar que fue una forma de castigo a los militantes, simpatizantes y seguidores del Polo Democrático Alternativo, teniendo en cuenta su abstención en la segunda vuelta para escoger presidente de la republica. El texto de ese artículo declarado inexequible, era considerado un ‘mico’ dado que no fue discutido y meramente fue presentado como una proposición. Fue tumbado, por la corte constitucional, porque era “atentatoria contra los principios de universalidad y libertad del voto”, lo que incluye el derecho de abstención. Al respecto, la Corte Constitucional estableció que todos los ciudadanos están habilitados para votar en las próximas elecciones, sin ninguna restricción, tras eliminar la norma que solo permitía participar a los electores inscritos que sufragaron en los anteriores comicios a Senado, Cámara y presidenciales. En consecuencia, para las elecciones del próximo 30 octubre se mantiene el censo de ciudadanos aptos para votar, correspondiente a personas mayores de 18 años que tienen cédula de ciudadanía, que no están en la Fuerza Pública o no tienen restringidos los derechos políticos.

Entre las normas avaladas por el alto tribunal figuran las correspondientes a las reglas de ética en los partidos políticos, la prohibición de la doble militancia y los topes para financiación de campañas. Otra de las normas que fue declarada ajustada a la constitución es la que garantiza la equidad de género, en la participación política sin discriminación por la orientación sexual y en donde se da una participación mínima del género del 30% en las listas electorales. La Corte Constitucional tumbo igualmente un artículo que permitía a los testigos de las mesas electorales portar camisetas con publicidad de uno u otro partido, por considerar que atentaba contra la libertad del elector y lo sagrado que supone el día de elecciones.(No puede haber proselitismo verbal o visual y por ello los testigos en las mesas electorales solo deben portar la escarapela que otorgan los organismos oficiales). En materia de inhabilidades, la Corte estableció que los aspirantes a las corporaciones públicas no podrán ocupar cargos de elección popular o de administración pública 12 meses antes de las elecciones.

Conclusión. Desde 1986 está en vigencia el Código Nacional Electoral, el cual resulta anacrónicos; por tanto, es urgente su reforma , ya que desde su inicio solo existía el bipartidismo en Colombia, hoy han trascurrido varias reformas políticas con el mismo código electoral el cual lo hace desfasado y nocivo a nuestra democracia. Sin embargo, hay que recibir con beneficio de inventario electoral para la democracia, las conceptualizaciones y definiciones de la nueva reforma política , la cual plantea la diferencia de la campaña política y electoral; señala la importancia del voto en blanco y le brinda igualdad de derechos en las campañas electorales; la reglamentación del uso del voto electrónico; la ampliación del horario de las elecciones. Todo esto fundamental, a la hora de promover una educación para la participación y para la política en el pueblo colombiano. Los colombianos esperamos la sanción presidencial de esta ley de reforma política, ley que aparentemente le va a poner coto a nefastas costumbres políticas que por siempre han permitido la corrupción, politiquería, clientelismo, la debilidad institucional de los partidos entre otras.

Cualquier aporte o criticas enviar a : rsanillo@hotmail.com

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