martes, 2 de agosto de 2011

Cárcel por mal comportamiento en los estadios.

Ciudad educadora.

Por Rafael Sánchez Anillo.

Cárcel por mal comportamiento en los estadios.

A partir de este jueves, 13 de mayo de 2011, entra en vigencia la Ley 1445 de 2011, la cual es denominada Ley del Deporte. La misma modifica la Ley 181 de 1995 y en su texto establece, entre otras cosas “ los clubes con deportistas profesionales deberán organizarse, bien sea como corporaciones o asociaciones deportivas, o como sociedades anónimas”. De la misma forma, define que ninguna persona natural o jurídica podrá tener el control en más de un club del mismo deporte, ni directa, ni indirectamente. Esta nueva Ley indica que los interesados en adquirir aportes o acciones de clubes deportivos “deberán acreditar la procedencia de sus capitales ante el respectivo club; éste, a su vez, tendrá la obligación de remitirla a Coldeportes, que podrá requerir a otras entidades la información necesaria para verificar la procedencia de los mismos”. Con esta disposición, el gobierno pretende que episodios descubiertos en el fútbol, como el ingreso y lavado de dineros ilícitos, no se vuelvan a presentar.
Al obligar a los clubes a transformarse, les da la posibilidad de capitalizarse con aportes de asociados o inversionistas particulares.

La denominada Ley del Fútbol o Deporte, sanciona desde la agresión verbal; el castigo, será el trabajo social y, en caso de reincidir, una multa de uno a 20 salarios mínimos mensuales, más la prohibición de acudir a escenarios por un periodo entre uno y tres años. También establece que aquel hincha que sea sorprendido agrediendo físicamente a otra persona dentro de un estadio deberá pagar multas hasta de 100 salarios mínimos (53 millones de pesos o 30.000 dólares) y le será prohibido el ingreso a recintos deportivos hasta por cinco años. La ley determina que el hincha que atente contra la vida de alguien, con arma de fuego, arma blanca o artefactos explosivos, tendrá pena de cárcel de cinco a diez años. Las mismas sanciones se aplicarán para quienes dañen la infraestructura deportiva, pública, residencial o comercial. Además, habrá multas hasta de 10 salarios mínimos (5,3 millones de pesos o 3.000 dólares) para quienes intenten ingresar armas de fuego, armas blancas o estupefacientes a los estadios. El mismo castigo tendrán aquellos que invadan terrenos de juego, promuevan o causen violencia contra miembros de la Fuerza Pública o no atiendan las recomendaciones del personal de logística.

La nueva ley incorporó penas de prisión para determinados casos de violencia que se produzcan en los eventos deportivos. Entre uno y cinco años de cárcel: Para quien dentro del estadio y en el entorno lance una sustancia u objeto peligroso contra una persona, edificio o medio de locomoción. Entre cinco y diez años de cárcel: Para quien lance objetos o sustancias peligrosas con fines terroristas. La pena se incrementará en la mitad si los objetos lanzados corresponden a artefactos explosivos, elementos incendiarios o sustancias químicas que pongan en riesgo la vida, la integridad personal y la integridad de los bienes.
Medicina Legal será la encargada de determinar la definición de los llamados objetos peligrosos.

Conclusión. La vigencia de la nueva ley del deporte es oportuna, por ser nuestro país la sede del mundial sub-20 y por los brotes de violencia de las barras bravas en el Torneo Apertura 2011, que han obligado a suspender partidos, prohibir el ingreso de hinchas y el pago de millonarias multas Por fin se regula el comportamiento de aficionados y visitantes en los escenarios deportivos, con sanciones: pecuniarias y carcelarias drásticas; pueda ser que aquellos aficionados violentos desde el punto de verbal y físico, tengan en cuenta estas medidas y comiencen a disfrutar un buen encuentro deportivo con altura donde la decencia, el civismo, la tolerancia y saber comprender que ganar o perder su equipo hace parte de las reglas del juego limpio, es muestra de un pueblo culturizado y educado.

Cualquier aporte o crítica, enviar a: rsanillo@hotmail.com



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